Autor: Carlos Sagrera, MSc.
Representante ISCO América Latina (Habla Hispana)
En seguimiento con las acciones de regulación y el Plan Nacional de Contingencias de México de Diciembre 2023 (ISCO Newsletter N°930 – Marzo 2024), el Gobierno de México confirmó la creación de la Comisión Intersecretarial para Prevenir y Atender la Contaminación por Hidrocarburos y Sustancias Nocivas Potencialmente Peligrosas (SNPP) en las Zonas Marinas Mexicanas. En este caso se entiende que esta Comisión tiene carácter permanente y está a cargo de diseñar una organización con un mando unificado, lo que es indispensable para actualizar las medidas conducentes para prever una intervención adecuada y oportuna, para proteger de la contaminación grave al medio marino así como la participación de las diversas dependencias y demás instituciones de la Administración Pública Federal, con el fin de que coadyuven entre estas en el ámbito de sus atribuciones vigentes para ejecutar acciones en respuesta a la contaminación por hidrocarburos y demás SNPP, en las Zonas Marinas Mexicanas.
Integran la Comisión la Secretaría de Marina (SEMAR), quien tiene la Presidencia; la Secretaría de Relaciones Exteriores; la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT); la Secretaría de Energía (SENER); la Secretaría de Salud (SALUD); la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (AGRICULTURA). Por su parte, la Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC), el Centro Nacional de Prevención de Desastres (CENAPRED), el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA), el Instituto Mexicano del Petróleo (IMP), la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), el Instituto Mexicano de Investigación en Pesca y Acuacultura Sustentables (IMIPAS), y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFREPIS), son organizaciones que participan también en forma permanentes con voz, pero sin voto.
Son muy interesantes y necesarias sus funciones, bien diferenciadas de las que se establecen por ejemplo en el PNC de México que tiene por su lado un Consejo Técnico, una Secretaría Ejecutiva y un Consejo Técnico Asesor, todo lo que apunta a la respuesta inmediata a nivel local y regional (https://digaohm.semar.gob.mx/PROMAM/anexos/Plan_Nacional_de_Contingencia.pdf). En este caso la Comisión Intersecretarial se reúne como mínimo 4 veces al año y debe: elaborar y aprobar el “Programa Nacional” de contingencia para combatir y controlar derrames de hidrocarburos y SNPP en las Zonas Marinas Mexicanas, que incluya la interrelación de las distintas dependencias, entidades e instituciones, ya sean públicos o privados, con el objeto de prevenir y combatir incidentes por derrames de hidrocarburos y SNPP en las Zonas Marinas Mexicanas; impulsar y coordinar las acciones necesarias para el cumplimiento de los compromisos del Estado mexicano, relacionadas con la normativa nacional e internacional, para cooperar en la lucha contra la contaminación o derrames de hidrocarburos y SNPP en las Zonas Marinas Mexicanas; promover la capacitación, en temas relacionados con el objeto del presente decreto, de los integrantes e invitados que se desempeñan como servidores públicos de las diferentes dependencias y entidades que forman parte de la Comisión; fungir como instancia de coordinación entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno en materia de combate y control de derrames de hidrocarburos y SNPP en las Zonas Marinas Mexicanas; crear las subcomisiones y grupos de trabajo que estime necesarios para el cumplimiento de su objeto; emitir y aprobar las Bases de Operación y Funcionamiento de la Comisión. Se establece también que el presupuesto que se genera a partir de este decreto se cubriran con cargo al presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de Estado.
Se trata entonces de una Comisión que, al igual que con el PNC, es liderada por la SEMAR y que permite una instancia técnica con las organizaciones actoras a nivel Federal y de esta manera en ella podrán ser tratados los temas regulatorios a nivel internacional y así poder impulsar al nivel político, la ratificación de Convenios de la OMI pendientes para México en materia de prevención de la contaminación como el Protocolo 2003 del Convenio del Fondo, el Convenio de Bunkers del 2001 y todos los Convenios en el marco SNPP (HNS 1996 y el Protocolo del 2010, además de la ampliación del OPRC/HNS del 2000) y hasta el Anexo VI del MARPOL (https://www.imo.org/en/About/Conventions/Pages/StatusOfConventions.aspx).
Finalmente, le da potestades para la reglamentación a nivel nacional de estos mismos convenios y las de otras actividades claves como por ejemplo las de las organizaciones especializadas para la prevención y respuesta (OSROs), lo que permitirá mayor eficacia y profesionalismo en estas tareas en México.
El Dr. Edward Peters (Director Ejecutivo del CIGoM – https://cigom.org/) quien nos facilitó la información sobre la aprobación de este decreto, indicó que: “La creación de esta Comisión coincide con el alto número de incidentes que han ocurrido en los últimos meses principalmente en la región conocida como Sonda de Campeche en el Golfo de México; derrames, explosiones y otras fallas, incluidas pérdidas humanas han sido frecuentes poniendo en entredicho los procedimientos de seguridad, el mantenimiento y la obsolescencia de la infraestructura. Poco se ha hablado de la contaminación que estos sucesos causan al ambiente marino, en los medios de comunicación y redes sociales quedan patentes quejas de pescadores afectados y críticas de parte de organizaciones ambientalistas”. En buena hora entonces esta confirmación y la eventual dinámica que le darán a los temas pendientes indicados y el seguimiento a nivel Federal de la Prevención y Respuesta a los derrames de hidrocarburos y SNPP en las Zonas Marinas Mexicanas, modelo que eventualmente podría ser replicado en otros países de América Latina de habla hispana, con riesgos y vacíos análogos.
El Decreto DOF del 22/07/2024 puede ser encontrado en el link oficial:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5734205&fecha=22/07/2024#gsc.tab=0